La salud para quien la pague.


Publicado por Lainformación.com.



Cada vez estamos mejor y nuestro gobierno vela por el bienestar de sus ciudadanos... bueno,  asegurados. Ahora ya no somos ni españoles, ni extranjeros, ni trabajadores, ni ciudadanos; ahora, “asegurados”.
Han modificado por el Decreto-Ley 16/ 2012 la redacción de unos cuantos artículos y entre ellos el 3 de la Ley 16/2003 que nos decía:

Artículo 3:



Son titulares de los derechos a la protección de la salud y a la atención sanitaria los siguientes:Todos los españoles y los extranjeros en el territorio nacional...

Ahora:

Artículo 3. De la condición de asegurado.

  1. La asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud, se garantizará a aquellas personas que ostenten la condición de asegurado.
  2. A estos efectos, tendrán la condición de asegurado aquellas personas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:Ser trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia, afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada a la de alta.
    1. Ser trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia, afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada a la de alta.
    2. Ostentar la condición de pensionista del sistema de la Seguridad Social.
    3. Ser perceptor de cualquier otra prestación periódica de la Seguridad Social, incluidas la prestación y el subsidio por desempleo.
    4. Haber agotado la prestación o el subsidio por desempleo y figurar inscrito en la oficina correspondiente como demandante de empleo, no acreditando la condición de asegurado por cualquier otro título. (¿A qué otro título se refiere? ¿No será estar asegurado en una mutua?)Ostentar la condición de pensionista del sistema de la Seguridad Social.

  1. En aquellos casos en que no se cumpla ninguno de los supuestos anteriormente establecidos, las personas de nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza que residan en España y los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español, podrán ostentar la condición de asegurado siempre que acrediten que no superan el límite de ingresos determinado reglamentariamente. Luego parece que el término quiere decir algo más que “españoles y extranjeros”. Queda claro que son también los españoles y los residentes legales que no superen unos ingresos (¿Qué tipo de ingresos que no provengan del trabajo?; pero ¿por qué asegurados? Sigamos leyendo:

  1. A los efectos de lo establecido en el presente artículo, tendrán la condición de beneficiarios de un asegurado, siempre que residan en España, el cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, que deberá acreditar la inscripción oficial correspondiente, el ex cónyuge a cargo del asegurado, así como los descendientes a cargo del mismo que sean menores de 26 años o que tengan una discapacidad en grado igual o superior al 65%. ¡Muy bien! Ahora los hijos o nietos (ni que decir que los hermanos quedan excluidos) a cargo del "asegurado", de más de 26 años, o peor aún, los que no tengan una disminución superior al 65 %. Dificilmente podrán encontrar su primer trabajo, ya que al no cobrar la prestación de desempleo y no tener bonificaciones en las cuotas, no solamente estarán sin trabajo, tampoco tendrán derecho a la sanidad si no la pagan.
  2. Aquellas personas que no tengan la condición de asegurado o de beneficiario del mismo podrán obtener la prestación de asistencia sanitaria mediante el pago de la correspondiente contraprestación o cuota derivada de la suscripción de un convenio especial. ¡Pagando ya está resuelto! ¿Y cómo pretenden que paguen? Debía ser que a esa edad gastaban demasiado y era un abuso...¡Lo que van ahorrar!
  3. Lo dispuesto en los apartados anteriores de este artículo no modifica el régimen de asistencia sanitaria de las personas titulares o beneficiarias de los regímenes especiales de la Seguridad Social gestionados por la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, la Mutualidad General Judicial y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, que mantendrán su régimen jurídico específico. A este respecto, las personas encuadradas en dichas mutualidades que hayan optado por recibir asistencia sanitaria a través de las entidades de seguro deberán ser atendidas en los centros sanitarios concertados por estas entidades. En caso de recibir asistencia en centros sanitarios públicos, el gasto correspondiente a la asistencia prestada será reclamado al tercero obligado, de acuerdo con la normativa vigente.» No perdamos esa fabulosa idea que les colaron: conciertos con las entidades privadas, que por ahí van los tiros. El escoger entre la sanidad pública y la privada.

Han añadido este otro artículo, ya que parte del discurso es lo mucho que gastan los inmigrantes y el turismo sanitario...

«Artículo 3 ter. Asistencia sanitaria en situaciones especiales.
Los extranjeros no registrados ni autorizados como residentes en España, recibirán asistencia sanitaria en las siguientes modalidades:
  1. De urgencia por enfermedad grave o accidente, cualquiera que sea su causa, hasta la situación de alta médica.
  2. De asistencia al embarazo, parto y postparto.
En todo caso, los extranjeros menores de dieciocho años recibirán asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles.»

Los que han visto capítulos de serie americanas en los que se lanzan sobre coches, para fingir un accidente, pues a eso vamos. ¡Esto es América!

Y ahora se sacan tres carteras de la manga:

La 1ª.
1. La cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud comprende todas las actividades asistenciales de prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación que se realicen en centros sanitarios o sociosanitarios, así como el transporte sanitario urgente, cubiertos de forma completa por financiación pública.
Luego el transporte sanitario no urgente, no entra.

Y pensaremos que para qué tres; pues sí, para cobrarnos por los servicios que no consideren básicos.
Veamos cuales son:

-Prestación farmacéutica.

-Prestación ortoprotésica.

-Prestación con productos dietéticos.

Solamente tienen tope la prestación farmacéutica, las otras prestaciones son un porcentaje de su coste.
A pagar prótesis de caderas, lentillas de cataratas, etc., que aunque sean un porcentaje, no tendrán tope.

Y ahora, lo que nos costarán los medicamentos:

A los trabajadores se les sube un 10% y a los pensionistas que no pagaban nada, se les hace pagar un 10% incluso a los perceptores de invalidez.

Estos porcentajes tienen un tope para aquellos pensionistas enfermos crónicos, que necesitan habitualmente medicación.
Los que perciben rentas inferiores a 18.000 € tienen un tope de 8 € .

Los que perciben rentas comprendidas entre los 18.000 € y los 100.000 €, un tope de 18 € y por encima de los 100.000 € , el tope es de 60 €.
Lo que exceda de esta cantidad les será devuelto con posterioridad por la comunidad autónoma en el plazo de ¡seis meses!
No parece muy equitativo y proporcional. ¡Vaya progresión! No son lo mismo 8 € al mes a alguien que cobra una pensión de 600 € , que 18 € al que cobra una pensión de 1.800 € y encima tiene rentas que le hacen tener unos ingresos de hasta 100.000 € al año.

Y ahora todo gestionado por el INSS, que no está descentralizado y así quitan competencias a las comunidades autónomas.

Y aquí están los exentos de aportación:

    Estarán exentos de aportación, los usuarios (véase que ya no somos ni ciudadanos, los que no son asegurados, son usuarios) y sus beneficiarios que pertenezcan a una de las siguientes categorías:
  1. Afectados de síndrome tóxico y personas con discapacidad en los supuestos contemplados en su normativa específica.
  2. Personas perceptoras de rentas de integración social.
  3. Persona perceptoras de pensiones no contributivas.(Pues qué bien; porque entre las pensiones que van a quedar y que se han de pagar los medicamentos, me pregunto quién va a cotizar, si van a ganar más los que cobren pensiones no contributivas)
  4. Parados que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo en tanto subsista su situación (no se han de preocupar de este colectivo, porque cuando estén a pleno funcionamiento las empresas privadas de colocación y empiecen a dar trabajos en lugares recónditos o trabajos de esclavos, habrá que renunciarán y ya no estarán en la lista). 
  5. Los tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional. 

    9. El nivel de aportación de los mutualistas y clases pasivas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial será del 30 %.» (Es que los pensionistas de este colectivo pagan el 30 %, pero los trabajadores también)


Resumiendo:

No hay universalidad que valga, ya que los extranjeros en España sin papeles se quedan sin seguridad social y excluyen a los beneficiarios mayores de 26 años, aunque presenten una discapacidad de menos del 65 %.
Parece inconstitucional ya que contraviene lo estipulado en el artº 43 de la Constitución, que reconoce el derecho a la salud, o el art. 41 conectado con la temática y que establece que los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para “todos los ciudadanos” que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad. Ese fue el motivo de una  “universalización”, que ya la tenía el sistema, separado entre prestaciones contributivas y asistenciales, que en lugar de potenciar, desmembraron y cuya intencionalidad no era otra que dar entrada a la privatización. 
Se ha de recordar que desde el año 1999, la asistencia sanitaria se paga con una aportación finalista de los Presupuestos Generales del Estado. No la pagan los trabajadores, la pagan los ciudadanos y todos sabemos que los que pagan más son los que reciben siempre menos.
El quitar competencias a las autonomías será utilizado, como es costumbre, para hacer buenos a los que han recortado y vendido nuestro patrimonio, pero que se atribuyen el “sentimiento” nacional, ese sentimiento que ciega a veces y evita ver la realidad de cómo lo rentabilizan (¿No eran propias de las autonomías la ejecución, administración y gestión de los temas competentes de salud pública?)

El término "asegurado" abre el camino a que el “aseguramiento” se haga en una mutua privada, que es lo que colaron ya a los funcionarios y  este colectivo puede escoger entre la Seguridad Social y una mutua privada. Y es más, lo que pretenden es que ya te hagas de una mutua si quieres que determinadas prótesis te entren, pero esas mutuas, normalmente a los 65 años te echan fuera y además, pueden unilateralmente rescindir el contrato, cuando los gastos han subido, aunque sean incluso puntuales. Si no hay negocio, a la calle. Además son cuotas que aumentan con la edad del “asegurado” y lo que en principio parece más asequible, después son cantidades astronómicas.
El otro paso que les falta y que no tardará, es desgravar por esas aportaciones a las mutuas, para hacerlas más atractivas (como ya han hecho con los fondos de pensiones).
El excluir además a los mayores de 26 años como beneficiarios penaliza aún más a los jóvenes, ya castigados por la Reforma Laboral, cuando muchos hijos viven ahora en casa de los padres por la imposibilidad de encontrar empleo y que si no lo encuentran, no cobrarán nunca una prestación por desempleo y que si no la cobran, no los contratarán, porque con la reforma laboral los descuentos a las empresas solo son para los que lo están cobrando.
Los jóvenes lo que harán será irse a un piso con otros en sus mismas condiciones, pagar 100 € y declararse sin ingresos y tener la ayuda de 400 €.
Pero siempre hay empresarios avispados que los contratarán a tiempo parcial, porque si cobras 1 € menos del SMI, puedes cobrar ayudas de todo tipo. El resto que lo paguen en negro, o que no lo paguen, que de eso se trata, de explotarlos y tener mano de obra barata. 
¡Magnífico ahorro!
Encima, a pagar transporte sanitario y un porcentaje de las prótesis sin tope alguno; eso a añadir a las demoras y la falta de servicios médicos.
Y me pregunto si lo del 1€ en Cataluña lo tirarán adelante. ¡El caos que se viene encima, cuando el INSS deba cruzar los datos de Hacienda! 
Tan solo el trabajo que comportará este decreto y las injusticias que conlleva es como para ver claro en qué tipo de sociedad estamos y con qué tipo de políticos nos movemos. Recordemos también que ésto es un paso más de lo que se viene haciendo desde hace 35 años. 
Vendido nuestro patrimonio hospitalario, privatizada la salud, comercializando con prestaciones y pensiones, y encima nos dicen que somos españoles,... ¡tan solo para que nos identifiquemos con Repsol!
Volvemos al centralismo y a la indigencia. Después será más represión y más cárceles (esperemos que estos ciudadanos tengan acceso a la sanidad pública), claro, que acabaremos con cárceles también privadas.


Comentarios

Piedra ha dicho que…
Vamos progresando;
-¿Cual es el mejor país del mundo? ¡Como que cuba!
-EEUU, por supuesto.
-¿Y que sistema sanitario tienen? -El que nos terminarán por imponer.
-Así que... por lógica... dentro de unos años, ¡seremos una gran potencia mundial!
(No como esos cubanos muertos de hambre a los que se lo curan todo, así les va).
paco frutos ha dicho que…
Como siempre, un análisis y estudio concreto sobre la mal llamada reforma sanitaria, que sirve para orientarse y para saber con exactitud hacia dónde vamos. Gracias y continúa, lo necesitamos, aunque a veces cunda el desaliento por la situación. Conocer, denunciar, movilizar y proponer alternativas.
Anónimo ha dicho que…
Las ramas de los arboles, aún estan verdes para aguantar el peso de lo que esta por venir....

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